Las exploraciones normales no tienen por qué citarse en la HC

Resumen


El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha declarado que el hecho de que una exploración no conste en la historia clínica no es dato suficiente para deducir que aquélla se omitió. El fallo aclara que no tiene por qué registrarse si los resultados han sido normales.

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Extracto


Las exploraciones normales no tienen por qué citarse en la HC

El contenido de una historia clínica puede ser trascendental en la resolución de un juicio por responsabilidad sanitaria, pero no deja de ser un medio de asistencia clínica. Una ...

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